C2301002M
ConfirmatorioLección Principal
Es fundamental cumplir rigurosamente con todas las obligaciones formales tributarias, como el llenado completo y correcto de cada requisito en las facturas (descripción detallada, identificación del cliente en montos altos) y la presentación de informes en los plazos legales. En caso de un procedimiento sancionador, la normativa aplicable es la del Código Tributario, no la Ley de Procedimientos Administrativos, debido al principio de especialidad de la materia.
Resumen del Caso
Una empresa hotelera fue sancionada por la DGII con multas que suman $200,916.68 por emitir facturas con información incompleta y presentar tardíamente el informe F-930. El contribuyente apeló, argumentando que la DGII debió aplicar el procedimiento de la Ley de Procedimientos Administrativos (LPA) y que las multas eran confiscatorias. El Tribunal de Apelaciones confirmó las sanciones, estableciendo que en materia tributaria prevalece el procedimiento especial del Código Tributario sobre la LPA y que las multas aplicadas conforme a ley no son confiscatorias.
Montos en Disputa
$200,916.68
Multa
$200,916.68
Total
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