A1309006TM
RevocatorioLección Principal
Es fundamental distinguir correctamente entre los diferentes regímenes aduaneros. Un 'Traslado Temporal de Bienes' entre zonas francas no es equivalente a una 'Exportación Temporal para Perfeccionamiento' y está sujeto a reglas distintas, especialmente en cuanto a plazos de permanencia para bienes de capital, que pueden ser indefinidos. Documentar adecuadamente la naturaleza de la operación es clave para defenderse de una incorrecta tipificación por parte de la autoridad fiscal.
Resumen del Caso
Una empresa en zona franca realizó un traslado temporal de maquinaria a otra empresa en una zona franca distinta. La autoridad aduanera determinó incorrectamente que se había vencido un plazo de 6 meses, imponiendo IVA y una multa. El Tribunal revocó la decisión, aclarando que dicho plazo no aplicaba para traslados de bienes de capital entre zonas francas, los cuales gozan de permanencia indefinida, y que la sanción era improcedente por no adecuarse al tipo de operación realizada.
Montos en Disputa
$268.09
Impuesto
$672.3
Multa
$940.39
Total
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