A1310006TM

Confirmatorio
Aduana Tasación Notificada: 26 de agosto de 2014

Lección Principal

La correcta clasificación arancelaria de productos alimenticios modificados depende de una precisa interpretación técnica de sus procesos de elaboración. Es crucial diferenciar entre 'adición' y 'sustitución' de componentes, ya que esto define la fracción arancelaria aplicable. Para evitar ajustes y sanciones, la clasificación declarada debe estar sólidamente respaldada por análisis técnicos que demuestren la naturaleza del producto, especialmente cuando se alega un proceso de sustitución que otorga un tratamiento arancelario diferente.

Resumen del Caso

El contribuyente importó un producto lácteo ('NIDO PROTECCION PREBIO 1+') clasificándolo en una fracción arancelaria (1901.10.19) que asume la 'sustitución' de componentes. La Dirección General de Aduanas, tras un análisis técnico, determinó que el producto sufría una 'adición' de grasa vegetal y no una sustitución, reclasificándolo a la fracción 1901.10.90. El Tribunal de Apelaciones confirma la decisión de la aduana, validando la diferencia técnica entre adición y sustitución y ratificando el ajuste de impuestos y las multas correspondientes.

Montos en Disputa

$4,474.85

Impuesto

$13,474.55

Multa

$17,949.4

Total

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