A1305031TM

Revocatorio
Aduana Tasación Notificada: 25 de julio de 2014

Lección Principal

Para productos cuya clasificación arancelaria es ambigua entre medicamento y complemento alimenticio, es fundamental obtener y presentar pruebas técnicas robustas, como una opinión del Ministerio de Salud, que demuestren su finalidad terapéutica o profiláctica para tratar una enfermedad específica. Dicha prueba puede ser decisiva para sustentar la clasificación como medicamento (Capítulo 30) y prevalecer sobre el análisis de la autoridad aduanera.

Resumen del Caso

La Dirección General de Aduanas reclasificó el producto 'DAYAMINERAL JARABE' de medicamento a complemento alimenticio, exigiendo el pago de impuestos adicionales y una multa. El contribuyente apeló, y el Tribunal de Apelaciones revocó la decisión de Aduanas, determinando que el producto sí es un medicamento al estar destinado a tratar la avitaminosis, basándose en una opinión técnica del Ministerio de Salud.

Montos en Disputa

$383.94

Impuesto

$767.88

Multa

$1,151.82

Total

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