A1301017VO
RevocatorioLección Principal
Los importadores deben solicitar formalmente y por escrito ser considerados parte interesada en cualquier procedimiento de verificación de origen que la autoridad aduanera inicie sobre sus mercancías. Aunque la normativa específica no lo contemple, el derecho constitucional a la audiencia protege a quien pueda resultar afectado patrimonialmente, y esta participación es crucial ya que es la única etapa para discutir el fondo del origen de la mercancía en sede administrativa.
Resumen del Caso
Múltiples importadores apelan una resolución de la Dirección General de Aduanas que denegó el trato arancelario preferencial a importaciones de maíz blanco desde Guatemala. La decisión se basó en que el exportador no respondió a un cuestionario de verificación de origen. El Tribunal de Apelaciones revoca la resolución al determinar que la Aduana violó el derecho constitucional de audiencia de los importadores al no permitirles ser parte del procedimiento de verificación, a pesar de ser los directos afectados económicos por la decisión.
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