A1210010TM
ModificatorioLección Principal
Las empresas que operan bajo regímenes aduaneros especiales deben priorizar el cumplimiento de la normativa regional (CAUCA/RECAUCA), ya que esta prevalece sobre las leyes nacionales. Es crucial mantener un control estricto de inventarios y plazos de permanencia (12 meses para admisión temporal), pues su vencimiento activa automáticamente la obligación de pagar impuestos de importación sobre los saldos pendientes.
Resumen del Caso
Una empresa bajo el régimen de Depósito para Perfeccionamiento Activo fue fiscalizada, detectándose que no reexportó materias primas en el plazo legal y declaró excedentes. El contribuyente alegó un plazo mayor amparado en una ley nacional, pero el Tribunal confirmó la determinación de impuestos aplicando el plazo de la normativa regional (RECAUCA) por su primacía. Sin embargo, el Tribunal revocó una de las multas impuestas por la autoridad aduanera al haber aplicado un tipo de infracción incorrecto, vulnerando el principio de tipicidad.
Montos en Disputa
$10,127.66
Impuesto
$27,751.27
Multa
$37,878.93
Total
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