A1209033O
RevocatorioLección Principal
En operaciones de comercio triangular (origen-intermediario-destino) bajo un TLC, es fundamental documentar exhaustivamente que la mercancía permaneció bajo control aduanero en el país de tránsito no miembro. Un certificado de reexportación o documento similar de la aduana de tránsito es una prueba crucial para validar el trato arancelario preferencial, especialmente cuando la facturación se realiza desde dicho país intermediario.
Resumen del Caso
Un importador solicita la devolución de DAI e IVA pagados en exceso por no aplicar el TLC con México en su declaración. La Aduana lo niega argumentando que la mercancía fue transbordada y re-facturada en Panamá (país no parte), incumpliendo la regla de 'expedición directa'. El Tribunal revoca la decisión, al considerar que el contribuyente probó que la mercancía estuvo bajo control aduanero en Panamá y que la operación es válida bajo la 'Decisión No. 13' del mismo tratado, que permite la facturación desde un tercer país.
Montos en Disputa
$23,089.45
Impuesto
$23,089.45
Total
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