A1201015TM

Modificatorio
Aduana Tasación Notificada: 1 de marzo de 2013

Lección Principal

Las normas procesales, como los plazos de caducidad para fiscalizar, son de aplicación inmediata. Si una nueva ley reduce dicho plazo, esta se aplicará a todas las fiscalizaciones que se inicien a partir de su vigencia, independientemente de que los hechos a fiscalizar hayan ocurrido bajo la ley anterior. Esto subraya la importancia de monitorear los cambios en la legislación procesal, ya que pueden crear o extinguir derechos y obligaciones tanto para la administración como para los contribuyentes.

Resumen del Caso

Un contribuyente impugnó una determinación de impuestos y multas aduaneras por incorrecta clasificación arancelaria de mercancías. El Tribunal de Apelaciones modificó la resolución, revocando los cargos correspondientes a una declaración de importación por haber caducado la facultad de fiscalización de la DGA, al aplicar el plazo de 4 años del nuevo CAUCA IV en lugar del plazo de 5 años de la ley anterior. Sin embargo, confirmó los ajustes y multas para las demás declaraciones, desestimando los argumentos sobre vicios de procedimiento y falta de culpabilidad.

Montos en Disputa

$3,409.45

Impuesto

$10,036.04

Multa

$13,445.49

Total

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