A1201015TM
ModificatorioLección Principal
Las normas procesales, como los plazos de caducidad para fiscalizar, son de aplicación inmediata. Si una nueva ley reduce dicho plazo, esta se aplicará a todas las fiscalizaciones que se inicien a partir de su vigencia, independientemente de que los hechos a fiscalizar hayan ocurrido bajo la ley anterior. Esto subraya la importancia de monitorear los cambios en la legislación procesal, ya que pueden crear o extinguir derechos y obligaciones tanto para la administración como para los contribuyentes.
Resumen del Caso
Un contribuyente impugnó una determinación de impuestos y multas aduaneras por incorrecta clasificación arancelaria de mercancías. El Tribunal de Apelaciones modificó la resolución, revocando los cargos correspondientes a una declaración de importación por haber caducado la facultad de fiscalización de la DGA, al aplicar el plazo de 4 años del nuevo CAUCA IV en lugar del plazo de 5 años de la ley anterior. Sin embargo, confirmó los ajustes y multas para las demás declaraciones, desestimando los argumentos sobre vicios de procedimiento y falta de culpabilidad.
Montos en Disputa
$3,409.45
Impuesto
$10,036.04
Multa
$13,445.49
Total
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