A1111014TM
ConfirmatorioLección Principal
Los errores materiales o formales en los actos administrativos que no causan indefensión ni afectan el derecho de defensa del contribuyente, difícilmente serán causa suficiente para anular un procedimiento de fiscalización. Es crucial que el contribuyente, además de señalar vicios de forma, presente argumentos de fondo sólidos contra las objeciones fiscales, ya que los tribunales tienden a priorizar la verdad material sobre los formalismos no esenciales.
Resumen del Caso
Un contribuyente apeló una determinación de impuestos aduaneros y multas, argumentando que el proceso de fiscalización era nulo debido a un error en el nombre de la auditora designada y la intervención de otra persona no autorizada. El Tribunal de Apelaciones desestimó los argumentos, calificando el error en el nombre como un 'error material' no invalidante y la intervención de la supervisora como parte del proceso administrativo interno. En consecuencia, confirmó la resolución de la Dirección General de Aduanas.
Montos en Disputa
$15,961.1
Impuesto
$47,215.91
Multa
$63,177.01
Total
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