A1106007TM
ConfirmatorioLección Principal
Es crucial interpretar correctamente las reglas de clasificación arancelaria, especialmente la diferencia entre 'adición' y 'sustitución' de componentes y los ingredientes permitidos en cada capítulo del arancel. Además, toda la evidencia técnica de respaldo, como fichas de producto, debe ser presentada durante la fase administrativa ante la autoridad aduanera, ya que el Tribunal de Apelaciones no puede considerar pruebas nuevas si no se justifica su indisponibilidad previa.
Resumen del Caso
El contribuyente apeló una resolución de la Dirección General de Aduanas que reclasificó dos productos lácteos importados ('NIDO PREBIO 3+' y 'SVELTY ACTIFIBRAS'), lo que generó un ajuste en los Derechos Arancelarios a la Importación (DAI), IVA y la imposición de multas. El Tribunal de Apelaciones confirmó la decisión de la aduana, argumentando que la clasificación del contribuyente era incorrecta según las reglas del Sistema Arancelario Centroamericano (SAC) y que no se presentaron pruebas técnicas en la etapa administrativa para sustentar la declaración original.
Montos en Disputa
$1,803.93
Impuesto
$5,461.79
Multa
$7,265.72
Total
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