A1105022TM
ConfirmatorioLección Principal
La correcta clasificación arancelaria de productos con aditivos depende de un análisis técnico de las Notas Explicativas del Sistema Armonizado. El importador tiene la carga de la prueba y debe estar preparado para demostrar con evidencia técnica (fichas, análisis de laboratorio) que su clasificación es correcta, ya que la simple presencia de un ingrediente no es suficiente para cambiar la naturaleza esencial de la mercancía a efectos aduaneros.
Resumen del Caso
Un importador clasificó un producto de leche en polvo con aditivos como una preparación alimenticia (partida 19.01), argumentando que el ingrediente 'carragenina' lo excluía de la partida de lácteos (04.02). La autoridad aduanera y el Tribunal de Apelaciones determinaron que la 'carragenina' es un estabilizante permitido en productos lácteos según las Notas Explicativas del SAC, por lo que la clasificación correcta era como leche. En consecuencia, se confirmó el ajuste de impuestos (DAI e IVA) y la multa por declaración inexacta.
Montos en Disputa
$1,180.18
Impuesto
$3,540.54
Multa
$4,720.72
Total
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