A1103023TM
ModificatorioLección Principal
La responsabilidad principal por la veracidad de un certificado de origen recae en el exportador. Un importador que se ampara en dicho certificado de buena fe no debe ser sancionado con multas si posteriormente se determina que el origen es incorrecto, aunque sí deberá pagar los impuestos omitidos. Es vital también verificar que las acciones de fiscalización de la aduana se realicen dentro del plazo de caducidad de 5 años.
Resumen del Caso
Un importador de carne de cerdo apela una resolución de la Dirección General de Aduanas que le exige el pago de derechos arancelarios, IVA y una multa del 300%, tras determinarse que la mercancía importada de Honduras no era originaria de ese país. El Tribunal confirma la mayor parte de la determinación de impuestos, pero revoca una porción por haber caducado la facultad de la DGA para fiscalizar. Crucialmente, el Tribunal revoca la totalidad de la multa, al establecer que el importador no es culpable por haber confiado de buena fe en el certificado de origen emitido por su proveedor.
Montos en Disputa
$211,617.76
Impuesto
$678,023.67
Multa
$211,617.76
Total
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