A1101011TM
ModificatorioLección Principal
Un importador que aplica un beneficio arancelario basándose en un certificado de origen proporcionado por el exportador no es culpable de infracción si dicho certificado es invalidado posteriormente por causas ajenas a su control. Aunque deberá pagar los impuestos adeudados, no se le pueden imponer multas si actuó de buena fe, pues la carga de la prueba del origen y la responsabilidad por la falta de colaboración en una verificación recaen sobre el exportador.
Resumen del Caso
La Dirección de Aduanas determinó el pago de impuestos y multas a un importador después de que una verificación posterior concluyera que la 'leche en polvo' importada de Nicaragua no era originaria, invalidando el trato de libre comercio. El Tribunal de Apelaciones confirma el cobro de los impuestos, pero revoca las multas al considerar que el importador actuó de buena fe y sin culpabilidad, ya que la responsabilidad de probar el origen recaía en el exportador.
Montos en Disputa
$62,761.41
Impuesto
$188,284.23
Multa
$251,045.64
Total
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