A1011002TM

Modificatorio
Aduana Tasación Notificada: 18 de agosto de 2011

Lección Principal

El importador es responsable del pago de los impuestos si una mercancía es declarada no originaria, incluso si confió de buena fe en el certificado de origen del exportador. Sin embargo, la ausencia de dolo o culpa por parte del importador, especialmente cuando el problema se origina por una falta del exportador en un proceso de verificación posterior, es un argumento sólido para anular las multas asociadas a la infracción.

Resumen del Caso

La Dirección General de Aduanas determinó impuestos de importación (DAI e IVA) y una multa millonaria a una empresa por aplicar incorrectamente un beneficio arancelario a leche en polvo importada de Nicaragua. La mercancía fue declarada no originaria porque el exportador nicaragüense no respondió a una solicitud de información de la aduana. El Tribunal de Apelaciones confirmó el cobro de los impuestos, pero revocó la multa al considerar que el importador actuó de buena fe y no tuvo culpa en la falta del exportador.

Montos en Disputa

$753,172.85

Impuesto

$2,259,518.55

Multa

$3,012,691.4

Total

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