A1003022TM
RevocatorioLección Principal
Las facultades de las administraciones de aduanas están estrictamente delimitadas. La 'verificación inmediata' se aplica solo a la operación en curso y no autoriza a la aduana local a realizar auditorías de 'control posterior' sobre declaraciones pasadas. Este tipo de fiscalización es una competencia exclusiva de los órganos centrales de fiscalización de la Dirección General de Aduanas.
Resumen del Caso
El Tribunal de Apelaciones revoca una determinación de impuestos y multas impuestas por la Aduana Terrestre de San Bartolo. La aduana, al verificar una operación de traslado de bienes en 2009, auditó y sancionó al contribuyente por el supuesto vencimiento de declaraciones de admisión temporal de 2007. El Tribunal determinó que la aduana local se extralimitó en sus funciones, ya que la fiscalización de operaciones pasadas (control a posteriori) es competencia de los órganos de fiscalización de la Dirección General de Aduanas, no de una aduana local durante una verificación inmediata de una operación diferente.
Montos en Disputa
$3,274.41
Impuesto
$9,935.1
Multa
$13,209.51
Total
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