A1003024T
ConfirmatorioLección Principal
Los importadores que se benefician de tratos arancelarios preferenciales deben asegurarse de que sus proveedores extranjeros (exportadores/productores) están dispuestos y son capaces de responder diligentemente y con pruebas a cualquier requerimiento de las autoridades aduaneras. La falta de cooperación del exportador perjudica directamente al importador, quien perderá el beneficio fiscal y deberá pagar los impuestos correspondientes.
Resumen del Caso
El Tribunal de Apelaciones confirma la resolución de la Dirección General de Aduanas que declaró mercancías importadas desde Guatemala como no originarias. La decisión se basó en que el exportador guatemalteco no respondió al cuestionario de verificación de origen, lo cual, según la normativa centroamericana (RECAOM), es causa suficiente para denegar el origen y el trato arancelario preferencial, desestimando los argumentos del importador sobre vicios de procedimiento y violación al derecho de defensa.
Montos en Disputa
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