A1004001TM
ModificatorioLección Principal
El importador es responsable de pagar los impuestos correctos si se demuestra que una mercancía no califica para un beneficio arancelario, pero no debe ser sancionado con multas si actuó de buena fe basándose en el certificado de origen proporcionado por el exportador. La culpabilidad es un requisito indispensable para la imposición de sanciones administrativas.
Resumen del Caso
La Dirección General de Aduanas determinó el pago de Derechos Arancelarios a la Importación (DAI) e IVA a un contribuyente que importó arroz de Guatemala con una exención del 0%, después de que un proceso de verificación concluyera que la mercancía no era originaria de ese país. El Tribunal de Apelaciones confirmó el pago de los impuestos, pero revocó la multa del 300% impuesta, al considerar que la responsabilidad y culpabilidad por la incorrecta declaración de origen recaía en el exportador y no en el importador.
Montos en Disputa
$16,953.06
Impuesto
$50,859.18
Multa
$67,812.24
Total
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