003-0725

Confirmatorio
Derechos Arancelarios a la Importación / IVA Tasación Notificada: 20 de febrero de 2026

Lección Principal

Los importadores deben participar activamente y presentar las pruebas de origen durante el procedimiento de verificación de origen, ya que intentar demostrarlo en la fase posterior de liquidación oficiosa resultará en el rechazo de las pruebas por impertinencia procesal.

Resumen del Caso

La DGA determinó el pago de DAI e IVA a una importadora tras declarar como no originaria una importación de camarón desde Honduras, debido a que el exportador no respondió el cuestionario de origen. La importadora apeló alegando que existía una prórroga vigente y que se rechazaron sus pruebas de origen en la fase de liquidación. El TAIIA confirmó los impuestos, aclarando que la prórroga correspondía a otro tratado distinto y que las pruebas de origen son impertinentes en la fase de liquidación oficiosa, pues debieron presentarse durante la verificación de origen.

Montos en Disputa

$66,876.91

Impuesto

0

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Total

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