R2301001TM
ConfirmatorioLección Principal
Al realizar operaciones con entidades no contribuyentes de IVA (sujetos excluidos), es responsabilidad del contribuyente que adquiere el bien o servicio emitir una 'Factura de Sujeto Excluido' para poder deducir el costo o gasto. La exención de la contraparte no exime al contribuyente de sus propias obligaciones formales de documentación.
Resumen del Caso
El Tribunal de Apelaciones confirma la resolución de la DGII que objetó la deducción de $20,702.16 en gastos por intereses pagados por una sociedad a una institución pública. La objeción se basó en que el contribuyente no respaldó el gasto con la documentación idónea exigida por la ley, específicamente, no emitió la 'Factura de Sujeto Excluido' a la entidad no contribuyente de IVA. Como resultado, se confirma el impuesto determinado de $6,210.65 y la multa por evasión no intencional de $1,552.66.
Montos en Disputa
$6,210.65
Impuesto
$1,552.66
Multa
$7,763.31
Total
Análisis detallado de la sentencia
Accede al análisis completo de riesgos, verificaciones de DGII, errores del contribuyente y criterios del tribunal.
Con Pro también obtienes: