013-1224
ConfirmatorioLección Principal
Las retenciones de impuestos deben ser enteradas al Fisco en su totalidad y dentro del plazo legal establecido (primeros diez días hábiles del mes siguiente). Realizar pagos parciales o fuera de plazo, incluso si se corrigen voluntariamente, constituye una infracción que será sancionada, aunque la multa pueda ser atenuada.
Resumen del Caso
El Tribunal confirma la multa impuesta por la DGII a una cooperativa que enteró una parte de las retenciones de Impuesto sobre la Renta de febrero de 2022 fuera del plazo legal. Aunque el contribuyente pagó voluntariamente antes de ser fiscalizado, lo que le valió una reducción del 75% de la multa, el Tribunal sostiene que la infracción de pago extemporáneo se configuró y la sanción es procedente.
Montos en Disputa
$208.19
Multa
$208.19
Total
Análisis detallado de la sentencia
Accede al análisis completo de riesgos, verificaciones de DGII, errores del contribuyente y criterios del tribunal.
Con Pro también obtienes: