I2206002M
ConfirmatorioLección Principal
Omitir la presentación de declaraciones de impuestos o presentarlas con valor cero cuando existen operaciones económicas, constituye una presunción de evasión intencional. La sanción por esta infracción es fija y no puede ser reducida por la administración tributaria bajo el argumento de proporcionalidad, ya que dicha ponderación fue realizada por el legislador al crear la norma.
Resumen del Caso
El Tribunal confirma la resolución de la DGII que determinó un impuesto de IVA omitido de $28,166.67 y una multa por evasión intencional de $32,400.00 a una empresa de seguridad. El contribuyente no presentó algunas declaraciones y otras las presentó en cero, a pesar de tener operaciones gravadas. El Tribunal desestimó los argumentos del contribuyente sobre la recalificación de la infracción a 'no intencional' y la supuesta violación al principio de proporcionalidad, estableciendo que la sanción aplicada es la que corresponde legalmente sin margen a discrecionalidad.
Montos en Disputa
$28,166.67
Impuesto
$32,400
Multa
$60,566.67
Total
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