R2205014TM
ConfirmatorioLección Principal
Para asegurar la deducibilidad de un costo, el pago debe ser claramente trazable al proveedor que emite la factura. Si se paga a un tercero por cuenta del proveedor, es indispensable contar con un contrato o mandato escrito que autorice explícitamente dicha modalidad de pago, ya que las relaciones comerciales informales, incluso entre familiares, no son suficientes para justificar la operación ante la Administración Tributaria.
Resumen del Caso
El Tribunal confirma la decisión de la DGII de objetar la deducción de costos de venta a una contribuyente que pagó a su proveedor (su padre) emitiendo cheques directamente a los acreedores de este. Se determinó que, al no existir un acuerdo formal que respaldara esta triangulación de pagos, la contribuyente no logró probar haber soportado el impacto económico de la compra, incumpliendo con el Art. 29-A de la Ley de Renta, lo que justificó el ajuste de impuesto y la multa por evasión no intencional.
Montos en Disputa
$28,647.98
Impuesto
$7,162
Multa
$35,809.98
Total
$ 119,583.73
Crédito Objetado
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