R2203022TM
ConfirmatorioLección Principal
La exención del Impuesto sobre la Renta por la venta de la 'primera casa de habitación' es de aplicación estricta y solo procede si es la primera vez que el contribuyente vende un inmueble que ha sido su vivienda. Es crucial verificar el historial de propiedades en el CNR antes de aplicar esta exención y conservar toda la documentación idónea (facturas, contratos) que respalde los costos y mejoras para poder deducirlos de la ganancia de capital.
Resumen del Caso
Una contribuyente vendió un inmueble en 2017 y no declaró la ganancia de capital, alegando que se trataba de la venta de su primera casa de habitación y por tanto estaba exenta. La DGII determinó, a través de registros del CNR, que la contribuyente ya había vendido otro inmueble en 2014, por lo que la exención no era aplicable. El Tribunal confirmó la determinación del impuesto y las multas por omisión de declaración y evasión intencional.
Montos en Disputa
$6,325
Impuesto
$5,692.5
Multa
$12,017.5
Total
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