I2202014TM
ModificatorioLección Principal
Para que los servicios a usuarios de Zonas Francas califiquen como exportación (tasa 0% IVA), es indispensable poder demostrar y documentar que son necesarios para la actividad productiva incentivada del cliente. Por otro lado, la autoridad fiscal está obligada a fundamentar exhaustivamente sus determinaciones, ya que una motivación deficiente puede invalidar sus ajustes, incluso si el fondo del asunto le es favorable.
Resumen del Caso
Una empresa de servicios de personal apeló una resolución de la DGII que le determinó un impuesto de IVA y multas por evasión y declaración incorrecta. La DGII había reclasificado servicios a Zonas Francas como ventas locales, detectado ingresos no declarados y objetado créditos fiscales. El Tribunal modificó la resolución, revocando la reclasificación de exportaciones por falta de motivación de la DGII, pero confirmó el impuesto por las ventas omitidas y los créditos fiscales rechazados, así como las multas correspondientes.
Montos en Disputa
$97,338.72
Impuesto
$51,551.6
Multa
$148,890.32
Total
$ 1,120.1
Crédito Objetado
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