I2203009TM
ModificatorioLección Principal
Para calificar un servicio como exportación y aplicar la tasa 0% de IVA, es fundamental demostrar que el uso y consumo final del servicio se realiza exclusivamente en el extranjero por un no domiciliado, incluso si el trabajo se ejecuta en El Salvador. Además, para acogerse a beneficios de amnistías fiscales, se deben cumplir rigurosamente todos los requisitos, como el pago total del impuesto adeudado, ya que un cumplimiento parcial anula el beneficio.
Resumen del Caso
Un contribuyente apeló un ajuste de IVA y multas por considerar erróneamente como gravados servicios exentos y de exportación. El Tribunal revocó los ajustes de impuesto al determinar que la DGII no motivó suficientemente el reparo sobre servicios a un Fondo de Titularización y al clasificar correctamente como exportación los servicios de auditoría a una fundación extranjera. Sin embargo, confirmó las multas por evasión y omisión de declaración (recalculadas sobre una base menor) y la multa por no presentar el informe F-930, al no haber cumplido el contribuyente con sus obligaciones formales y sustantivas.
Montos en Disputa
$4,749.35
Impuesto
$18,231.5
Multa
$22,980.85
Total
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