R2202024T

Confirmatorio
Renta Multa Notificada: 30 de noviembre de 2022

Lección Principal

La constitución de reservas o provisiones, aunque sea una obligación impuesta por un ente regulador como la Superintendencia del Sistema Financiero, no garantiza su deducibilidad para efectos del Impuesto sobre la Renta. Para que un gasto sea deducible, debe ser un costo o gasto real, necesario y directamente relacionado con la generación de renta gravada durante el ejercicio fiscal, y no una estimación para cubrir obligaciones o contingencias futuras, a menos que la ley tributaria lo autorice expresamente.

Resumen del Caso

El Tribunal de Apelaciones confirma la decisión de la DGII de rechazar las deducciones de gastos reclamadas por una compañía de seguros correspondientes a dos tipos de reservas: una para la devolución de primas y otra para siniestros no reportados (IBNR). El Tribunal determinó que ambas constituyen provisiones para contingencias futuras basadas en estimaciones y no gastos reales y necesarios para la generación de renta, por lo que su deducción no está permitida por la Ley de Impuesto sobre la Renta.

Montos en Disputa

$1,440,201.69

Impuesto

$1,440,201.69

Total

Análisis detallado de la sentencia

Accede al análisis completo de riesgos, verificaciones de DGII, errores del contribuyente y criterios del tribunal.

Ver planes 7 días de prueba gratis

Con Pro también obtienes:

Consultas IA ilimitadas Sentencias completas Checklists descargables