R2201025TM
ConfirmatorioLección Principal
Para deducir cuentas incobrables, es crucial documentar y probar el cumplimiento de TODOS los requisitos del Art. 31 LISR y Art. 37 RLISR para cada deuda, incluyendo su registro original como ingreso gravado y las gestiones de cobro judicial. Asimismo, los viáticos deben respaldarse con facturas idóneas para no ser considerados salario y evitar la objeción del gasto y multas por no retener.
Resumen del Caso
El Tribunal de Apelaciones confirma una determinación de la DGII contra una empresa por la deducción improcedente de gastos de cuentas incobrables y viáticos. El tribunal sostiene que el contribuyente no probó el cumplimiento de todos los requisitos legales para las cuentas incobrables (como su registro como ingreso gravado y el intento de cobro judicial) y no documentó los viáticos con facturas, lo que los convierte en remuneración sujeta a retención de ISR.
Montos en Disputa
$2,197,053.41
Impuesto
$550,702.86
Multa
$2,749,675.61
Total
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