I2108005TM

Modificatorio
IVA Multa Notificada: 9 de mayo de 2022

Lección Principal

Para calificar un servicio como exportación (tasa 0% IVA), es crucial documentar que el beneficiario no es domiciliado y que el uso y consumo del servicio ocurre exclusivamente en el exterior. Asimismo, al facturar a entidades con regímenes de exención, la documentación debe identificar inequívocamente al beneficiario exento para evitar que la administración fiscal atribuya la operación a un tercero gravado.

Resumen del Caso

El contribuyente apeló una determinación de IVA y multas asociadas, argumentando la caducidad de ciertos períodos, la correcta clasificación de servicios como exportaciones (tasa 0%) y como exentos. El Tribunal modificó la resolución, aceptando los argumentos del contribuyente sobre las exportaciones y las exenciones (estas últimas por falta de prueba de la DGII), pero confirmó el impuesto y las multas por los períodos en que se omitió la presentación de declaraciones.

Montos en Disputa

$17,328.53

Impuesto

$18,684.71

Multa

$36,013.24

Total

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