R2106011M
ConfirmatorioLección Principal
Es una obligación legal ineludible para las empresas calcular y pagar mensualmente el 1.75% de anticipo a cuenta sobre sus ingresos brutos. Presentar la declaración correspondiente con valor cero cuando se han obtenido ingresos no exime de la obligación y se configura como una omisión de pago, sujeta a una severa multa del 75% del monto adeudado.
Resumen del Caso
El Tribunal de Apelaciones confirma una multa impuesta por la DGII a una sociedad que omitió el pago del anticipo a cuenta del Impuesto sobre la Renta durante los meses de mayo a diciembre de 2018. A pesar de haber generado ingresos por más de $4 millones, la empresa presentó sus declaraciones mensuales (F-14) en cero, lo que el Tribunal consideró como un incumplimiento de la obligación de pago, validando la sanción del 75% sobre el monto no enterado.
Montos en Disputa
$70,440.38
Impuesto
$52,830.31
Multa
$52,830.31
Total
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