R2105011T
ConfirmatorioLección Principal
Las pérdidas generadas por decisiones comerciales, como vender productos o servicios por debajo de su costo, no son deducibles para efectos del Impuesto sobre la Renta. Para que un costo o gasto sea deducible, debe ser necesario para la producción de la renta y la conservación de la fuente, y toda deducción y ajuste contable debe estar fehacientemente respaldado con documentación de soporte idónea.
Resumen del Caso
El contribuyente, una empresa del sector cafetalero, dedujo como costo de venta una pérdida de USD$83,117.20 originada por vender servicios de maquilado de café a un precio inferior a su costo de producción. La DGII objetó dicha deducción, argumentando que las pérdidas operativas no son deducibles. El Tribunal de Apelaciones confirmó la decisión de la DGII, estableciendo que las pérdidas asumidas voluntariamente por decisiones comerciales no son costos necesarios para la producción de la renta y, por tanto, no son deducibles según el artículo 29-A numeral 10) de la Ley de Impuesto sobre la Renta.
Montos en Disputa
$24,935.16
Impuesto
$ 83,117.2
Crédito Objetado
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