R2105037T
ConfirmatorioLección Principal
Es fundamental documentar de manera rigurosa y fehaciente todos los movimientos de inventario que no constituyan una venta, tales como traslados entre bodegas, salidas para demostración o uso en proyectos. Se debe mantener un control estricto con documentos de soporte que permitan una trazabilidad completa (salida y reingreso), para poder desvirtuar eficazmente la presunción legal de venta ante un faltante detectado por la autoridad fiscal.
Resumen del Caso
La DGII determinó rentas no declaradas a una sociedad, presumiendo que faltantes de inventario correspondían a ventas omitidas, según el Art. 193 del Código Tributario. El contribuyente alegó que se trataba de movimientos internos (traslados, demostraciones), pero no logró aportar pruebas suficientes y oportunas para desvirtuar la presunción. El Tribunal de Apelaciones confirmó la decisión de la DGII, al considerar que el procedimiento fue correcto y que la carga de la prueba recaía en el contribuyente, quien no la satisfizo.
Montos en Disputa
$20,364.99
Impuesto
$74,226.45
Total
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