I2103005TM
ConfirmatorioLección Principal
Los servicios prestados a empresas bajo regímenes especiales (Zonas Francas, Servicios Internacionales) solo califican como exportación con tasa 0% de IVA si son indispensables y se integran directamente en el proceso productivo del bien o servicio a exportar. Servicios generales de soporte, como la seguridad, se consideran consumidos localmente y están sujetos a la tasa general del 13% de IVA.
Resumen del Caso
El Tribunal de Apelaciones confirma la resolución de la DGII que reclasificó los servicios de seguridad prestados por el contribuyente a empresas en Zonas Francas. El contribuyente los declaró como exportaciones (tasa 0% IVA), pero la autoridad determinó que son servicios locales gravados al 13%, ya que no son necesarios ni se incorporan a la actividad productiva incentivada. En consecuencia, se confirmó el impuesto a pagar de $103,527.93 y las multas por evasión no intencional y presentación tardía de informes.
Montos en Disputa
$103,527.93
Impuesto
$26,557
Multa
$130,084.93
Total
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