001-0924

Revocatorio
Otros Otra Notificada: 20 de febrero de 2025

Lección Principal

Para obtener una resolución anticipada que garantice preferencias arancelarias bajo un tratado de libre comercio, la solicitud debe dirigirse a la autoridad aduanera del país de importación. La autoridad del país de exportación solo es competente para emitir criterios sobre el cumplimiento de las reglas de origen para la correcta emisión del certificado de origen, pero no para conceder el beneficio arancelario.

Resumen del Caso

Una empresa solicitó a la Dirección General de Aduanas (DGA) de El Salvador una resolución anticipada para confirmar el origen de sus productos y obtener beneficios arancelarios para exportar a México bajo el TLC MX-CA. La DGA confirmó el origen pero se extralimitó al conceder un beneficio arancelario que no le competía y no respondió a todas las consultas. El Tribunal revocó la resolución por falta de competencia de la DGA, incongruencia y violación a la seguridad jurídica, ordenando emitir un nuevo acto que responda a todo lo solicitado dentro del marco de sus facultades.

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