R2105016TM
DesistimientoLección Principal
Un contribuyente puede retirarse (desistir) de un proceso de apelación en cualquier momento antes de la sentencia. Sin embargo, es crucial que el poder del abogado incluya una cláusula especial que lo faculte para desistir. Al hacerlo, el acto administrativo impugnado se vuelve definitivo y de obligatorio cumplimiento.
Resumen del Caso
El contribuyente, a través de su apoderado legal, presentó un escrito para desistir del recurso de apelación que había interpuesto contra una resolución de la Dirección General de Impuestos Internos. El Tribunal de Apelaciones verificó que el apoderado tenía las facultades para desistir y, al no encontrar razones de interés público para continuar el caso de oficio, aceptó el desistimiento, declarando firme la resolución de la DGII.
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