C2012005M
ConfirmatorioLección Principal
Toda persona que se dedique de forma habitual a la compra y venta de bienes, como la chatarra, es considerada comerciante para efectos fiscales y debe cumplir con las obligaciones formales correspondientes, como llevar registros especiales y de inventario. Operar de manera informal, sin un local o con bajo volumen de activos, no exime de estas responsabilidades ni de las sanciones por su incumplimiento.
Resumen del Caso
El Tribunal de Apelaciones confirma dos multas impuestas por la DGII a un contribuyente que se dedicaba a la venta de chatarra. Las sanciones se deben a la omisión de llevar registros especiales y registros de control de inventarios, obligaciones que le correspondían por su calidad de comerciante que transfiere bienes, a pesar de que operaba de manera informal y argumentaba ser solo un intermediario.
Montos en Disputa
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Multa
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