I2011008M
ConfirmatorioLección Principal
La obligación de facturar es un deber formal que incluye tanto la emisión como la entrega inmediata del documento al cliente en el momento de la operación. El no entregar la factura, aunque se haya preparado o se declare el impuesto posteriormente, constituye una infracción sancionable. Los hechos constatados por un fedatario tienen un alto valor probatorio que es difícil de desvirtuar sin pruebas contundentes.
Resumen del Caso
El Tribunal confirma la multa impuesta por la DGII a un contribuyente por no emitir y entregar una factura por un servicio prestado, infracción verificada por un agente fedatario. El contribuyente alegó haber preparado la factura pero no la entregó por congestión de clientes y que no hubo daño fiscal, argumentos que el Tribunal desestimó. Se ratificó que la obligación es tanto emitir como entregar el documento, y que la infracción es de carácter formal, independientemente del perjuicio económico.
Montos en Disputa
$420
Multa
$420
Total
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