R2007023TM
ModificatorioLección Principal
Es crucial cumplir estrictamente con los requisitos formales de los documentos tributarios, como consignar el número de CCF directamente en las Notas de Crédito, ya que los anexos no son suficientes para subsanar la omisión. Además, los importadores deben retener el 5% de ISR sobre la porción de flete en compras CIF a no domiciliados, pues se considera un servicio utilizado en El Salvador.
Resumen del Caso
El Tribunal de Apelaciones modificó una resolución de la DGII contra un contribuyente por Impuesto sobre la Renta de 2016. El Tribunal confirmó los ajustes por ingresos no declarados debido a notas de crédito que no referenciaban el CCF original y por la objeción al costo de venta por no retener ISR en fletes internacionales. Sin embargo, revocó el ajuste por gastos de servicios corporativos al considerar que el contribuyente sí demostró su materialización y necesidad, resultando en una reducción del impuesto y la multa a pagar.
Montos en Disputa
$2,655,887.26
Impuesto
$1,327,943.63
Multa
$3,983,830.89
Total
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