C2003001M
ConfirmatorioLección Principal
La presentación tardía de informes mensuales, como el F-930, se considera una infracción independiente por cada período. La Administración Tributaria impondrá una sanción por cada mes de incumplimiento, aunque todos correspondan al mismo año fiscal, por lo que es crucial cumplir con los plazos de cada obligación formal para evitar la acumulación de múltiples multas.
Resumen del Caso
La sociedad contribuyente fue sancionada con una multa por presentar de forma extemporánea los informes de retenciones de IVA (F-930) correspondientes a cuatro meses del año 2017. El contribuyente apeló argumentando que debía aplicarse una sola multa por ser del mismo ejercicio fiscal, pero el Tribunal confirmó la decisión de la DGII, estableciendo que cada incumplimiento mensual constituye una infracción independiente y debe ser sancionada por separado.
Montos en Disputa
$2,435.44
Multa
$2,435.44
Total
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