R2002002TM
ConfirmatorioLección Principal
Para que los gastos por servicios de no domiciliados sean deducibles, es indispensable realizar y enterar la retención de Impuesto sobre la Renta sobre el monto total bruto pagado o acreditado, incluso si el gasto solo está provisionado contablemente. Las normativas de regulación financiera (ej. Superintendencia del Sistema Financiero) no prevalecen sobre las disposiciones específicas de la ley tributaria para determinar la deducibilidad de gastos como las reservas para contingencias.
Resumen del Caso
El Tribunal confirma la resolución de la DGII contra una aseguradora, que determinó un impuesto a pagar de $1.9M y una multa de $476k. La controversia principal se centró en la objeción de gastos por primas de reaseguro cedidas a no domiciliados sin la debida retención de impuesto, y la deducción de reservas técnicas no permitidas por la ley tributaria, aunque fueran exigidas por la normativa financiera. El Tribunal reafirmó que la ley tributaria prevalece y que la retención es un requisito indispensable para la deducibilidad.
Montos en Disputa
$1,906,649.67
Impuesto
$476,662.42
Multa
$2,383,312.09
Total
$ 126,106.61
Crédito Objetado
Análisis detallado de la sentencia
Accede al análisis completo de riesgos, verificaciones de DGII, errores del contribuyente y criterios del tribunal.
Con Pro también obtienes: