I2002007M
RevocatorioLección Principal
Tras el fallecimiento de un contribuyente, es imperativo que los herederos o sucesores realicen con prontitud los trámites legales y fiscales correspondientes, como la declaratoria de herederos y la actualización o cierre del negocio en el Registro de Contribuyentes. Dejar de hacerlo puede resultar en que la Administración Tributaria continúe atribuyendo obligaciones y sanciones al contribuyente fallecido, generando disputas legales que, aunque puedan ganarse, implican un costo de tiempo y recursos.
Resumen del Caso
La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) sancionó con una multa de $600 a una contribuyente por no emitir una factura durante una verificación de fedatario. El esposo de la contribuyente apeló, demostrando que ella había fallecido más de un año antes de la verificación y que él había adquirido el inventario. El Tribunal de Apelaciones revocó la multa, determinando que la resolución de la DGII carecía de la debida motivación al no haber valorado las pruebas presentadas, como el acta de defunción, y no justificar por qué la obligación subsistía para una persona fallecida.
Montos en Disputa
$600
Multa
$600
Total
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