R1810032TM
ConfirmatorioLección Principal
Las disposiciones de la Ley de Impuesto sobre la Renta prevalecen sobre cualquier normativa contable o sectorial. Los ingresos por intereses deben reconocerse fiscalmente bajo el método de lo devengado (cuando nace el derecho al cobro), sin importar si la normativa bancaria exige su registro en cuentas de orden por riesgo de incobrabilidad. Asimismo, las pérdidas en la venta de activos son pérdidas de capital no deducibles de la renta ordinaria.
Resumen del Caso
El Tribunal confirma la resolución de la DGII que determinó un impuesto sobre la renta complementario y una multa por evasión no intencional a una entidad bancaria. Los ajustes se originaron por no declarar intereses devengados de préstamos en mora, deducir indebidamente una pérdida de capital por venta de cartera y realizar ajustes incorrectos con reservas voluntarias, todo por aplicar normas contables bancarias en contravención a la ley tributaria.
Montos en Disputa
$385,927.37
Impuesto
$96,481.84
Multa
$482,409.21
Total
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