R1705008TM
ConfirmatorioLección Principal
Para que un costo o gasto sea deducible del Impuesto sobre la Renta, si la operación es igual o superior a 25 salarios mínimos mensuales, el pago debe realizarse obligatoriamente a través de cheque, transferencia bancaria, tarjeta de crédito o débito. El pago en efectivo de dichas operaciones, sin importar las razones, provocará el rechazo de la deducción y la consecuente determinación de impuestos y multas.
Resumen del Caso
El Tribunal de Apelaciones confirma la resolución de la DGII que objeta la deducción de costos de venta por $57,725.39 del Impuesto sobre la Renta. La objeción se debe a que el contribuyente pagó en efectivo compras que superaban el umbral de 25 salarios mínimos, incumpliendo el requisito legal de utilizar medios de pago bancarizados. Como consecuencia, se confirma el impuesto determinado de $13,585.75 y la multa por evasión no intencional de $3,396.44.
Montos en Disputa
$13,585.75
Impuesto
$3,396.44
Multa
$18,301.51
Total
$ 57,725.39
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