I1811009TM
ModificatorioLección Principal
La obligación de utilizar medios de pago bancarios para deducir costos, gastos y créditos fiscales (bancarización) no se extiende al pago de impuestos de importación/internación en aduanas, ya que no se considera una 'adquisición de bienes'. A pesar de ganar en el fondo del asunto tributario, los contribuyentes deben ser extremadamente diligentes con las obligaciones formales (emitir facturas por operación, llenar correctamente los documentos, registrar todas las operaciones), pues las multas por estos incumplimientos pueden ser muy elevadas y son frecuentemente confirmadas por los tribunales.
Resumen del Caso
Un contribuyente fue fiscalizado por IVA del año 2015, resultando en una determinación de impuesto y múltiples multas por parte de la DGII, destacando el rechazo de créditos fiscales por importaciones no pagadas por medios bancarios. El Tribunal de Apelaciones (TAIIA) revocó la determinación de impuesto y la multa principal, estableciendo que el requisito de bancarización no aplica a importaciones. Sin embargo, el TAIIA confirmó cuantiosas multas por incumplimientos formales, como emitir una factura consolidada y no cumplir requisitos en la emisión de otros documentos.
Montos en Disputa
$366,000.93
Multa
$366,000.93
Total
$ 231,037.89
Crédito Objetado
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