R1704003TM
ModificatorioLección Principal
Para deducir un gasto, no basta con que sea real; se debe probar fehacientemente que es indispensable para generar ingresos o conservar la fuente. Gastos de seguridad, como el blindaje de vehículos, requieren una demostración clara de su nexo causal con la actividad económica para ser deducibles.
Resumen del Caso
El Tribunal de Apelaciones modifica una resolución de la DGII sobre Impuesto sobre la Renta. Se revoca la objeción a gastos por comisiones de intermediación pagadas a un no domiciliado, debido a que la DGII violó la seguridad jurídica al usar fundamentos contradictorios. Sin embargo, se confirma la objeción a la depreciación del blindaje de un vehículo por no haberse probado su indispensabilidad, ajustándose el impuesto y la multa a pagar.
Montos en Disputa
$1,991.62
Impuesto
$568
Multa
$2,559.62
Total
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