R1811007TM
ConfirmatorioLección Principal
Para ajustar facturas de exportación, es obligatorio anular el documento original y emitir uno nuevo, según el Art. 111 del Código Tributario; el uso de notas de crédito es incorrecto. Además, la obligación de retener ISR a no domiciliados surge por cualquier forma de pago, incluyendo la compensación de cuentas, y aplica a servicios como el flete internacional (independientemente del INCOTERM) y la publicidad, si estos son utilizados o benefician a la empresa en El Salvador.
Resumen del Caso
El Tribunal confirma la resolución de la DGII que determinó un impuesto a pagar de $36,183.69 y una multa de $9,045.92 a un contribuyente. Los reparos se originaron por ajustar improcedentemente ingresos de exportación con notas de crédito, y por omitir las retenciones de ISR sobre pagos a no domiciliados por servicios de flete internacional y publicidad, los cuales se realizaron mediante compensación de cuentas.
Montos en Disputa
$36,183.69
Impuesto
$9,045.92
Multa
$45,229.61
Total
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