I1811012TM

Confirmatorio
IVA Tasación/Multa Notificada: 10 de febrero de 2020

Lección Principal

Para que un gasto genere un crédito fiscal de IVA deducible, debe ser indispensable y estar directamente vinculado a la generación de operaciones gravadas que produzcan un débito fiscal. Los gastos relacionados con inversiones financieras (como compra de acciones), defensa patrimonial general o imagen corporativa, aunque sean lícitos y parte del objeto social, pueden no cumplir este requisito y su crédito fiscal ser rechazado.

Resumen del Caso

El Tribunal confirma la resolución de la DGII que objeta créditos fiscales de IVA a una empresa generadora de energía. Las deducciones correspondían a intereses de un préstamo para comprar acciones, servicios legales para litigios y servicios de publicidad. El Tribunal determinó que dichos gastos no eran indispensables para la actividad principal gravada de la empresa, requisito del Art. 65 de la Ley de IVA, y por tanto, confirmó el impuesto complementario y la multa por evasión no intencional.

Montos en Disputa

$1,028,240.1

Impuesto

$257,060.03

Multa

$1,285,300.13

Total

$ 2,343,647.02

Crédito Objetado

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