017-0524
ConfirmatorioLección Principal
Es crucial cumplir con los plazos específicos establecidos por la Administración Tributaria para la presentación de información y el cumplimiento de deberes formales. La subsanación posterior de un incumplimiento no anula la infracción ya consumada, aunque puede dar derecho a una reducción (atenuante) en la multa. La presentación voluntaria y temprana de las obligaciones, incluso si es extemporánea, puede resultar en una sanción significativamente menor.
Resumen del Caso
El Tribunal de Apelaciones confirma dos multas impuestas por la DGII a una sociedad cooperativa. La primera sanción es por no exhibir reportes de intereses dentro de los plazos requeridos, y la segunda por informar tardíamente el nombramiento de su auditor fiscal. El Tribunal desestima los argumentos del contribuyente, validando la actuación de la DGII y la aplicación de las multas, aunque con las atenuantes correspondientes por subsanación tardía y voluntaria.
Montos en Disputa
$1,065
Multa
$1,065
Total
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