I1902008TM
ConfirmatorioLección Principal
Para deducir un crédito fiscal de IVA, el contribuyente debe poder demostrar con pruebas fehacientes que el gasto es estrictamente indispensable y está directamente vinculado a la generación de ingresos gravados. Argumentos generales sobre seguridad o la clasificación del bien en otras leyes no son suficientes para cumplir con la carga de la prueba.
Resumen del Caso
El Tribunal confirma la resolución de la DGII que objetó créditos fiscales de IVA por la compra de un vehículo, su blindaje y seguros, al no considerarlos indispensables para la actividad económica del contribuyente. Adicionalmente, se confirman las multas por presentación tardía de declaraciones de IVA y por la no remisión del informe de retenciones (F-930), al ser incumplimientos de obligaciones formales.
Montos en Disputa
$2,205.43
Impuesto
$2,716.36
Multa
$4,921.79
Total
$ 7,474.1
Crédito Objetado
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