I1808010TM
ConfirmatorioLección Principal
Para asegurar la deducibilidad de los créditos fiscales de IVA, es crucial realizar los pagos de operaciones que, acumuladas con un mismo proveedor en diez días, superen los 58 salarios mínimos, exclusivamente a través de medios bancarios (cheque, transferencia, tarjeta). Además, se debe mantener un registro de control de inventarios meticuloso y conforme a la ley, que refleje de manera clara y veraz todas las entradas y salidas de mercancía, vinculándolas a sus respectivos comprobantes fiscales.
Resumen del Caso
El Tribunal confirma la resolución de la DGII que objeta créditos fiscales de IVA a un contribuyente por dos motivos principales: no haber pagado mediante medios bancarios compras que superaban el umbral legal de 58 salarios mínimos, y por llevar un registro de control de inventarios deficiente que no cumplía con los requisitos legales. Como consecuencia, se confirma la determinación de impuesto a pagar y las multas por evasión no intencional y por el incumplimiento formal del registro de inventarios.
Montos en Disputa
$80,108.95
Impuesto
$22,292.55
Multa
$102,401.5
Total
$ 88,861.59
Crédito Objetado
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