I1702010TM
ModificatorioLección Principal
El requisito de utilizar medios bancarios (cheque, transferencia, tarjeta) para pagos superiores a 58 salarios mínimos, a fin de poder deducir el crédito fiscal de IVA, es aplicable únicamente a las adquisiciones de bienes y servicios realizadas dentro de El Salvador. Dicho requisito no es exigible para el IVA pagado en aduanas por la importación o internación de mercancías.
Resumen del Caso
Un contribuyente apeló una liquidación de IVA de la DGII, que rechazó créditos fiscales por internaciones y una compra local pagadas en efectivo, por incumplir el requisito de bancarización. El Tribunal de Apelaciones modificó la resolución, estableciendo que dicho requisito no aplica al IVA pagado en aduanas por internaciones, sino solo a adquisiciones locales. Como resultado, se revocó la mayor parte del impuesto y la totalidad de la multa, manteniendo únicamente el ajuste por la compra local.
Montos en Disputa
$1,840.71
Impuesto
$1,840.71
Total
$ 142,708.11
Crédito Objetado
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